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lunes, 11 de junio de 2012

Los estudios de Postgrado



  1. ¿Qué es un programa de Postgrado? ¿Qué contiene?
  2. ¿Cómo se elaborarán los programas de Postgrado?
  3. La organización de los programas de Postgrado, ¿a qué centro corresponde?
  4. ¿Cuál es el órgano responsable del Programa?
  5. Un programa de Postgrado, ¿puede ser sólo el Doctorado?
  6. ¿Qué requisitos debe cumplir un estudiante para solicitar la admisión a un programa de Postgrado ?
  7. ¿Será imprescindible la homologación previa de los títulos obtenidos en el extranjero para acceder a un programa de Postgrado?
  8. ¿Cualquier Grado da acceso a cualquier Máster o cualquiera de éstos a cualquier Doctorado?
  9. ¿Pueden proponerse programas de Postgrado interuniversitarios?
  10. ¿Cómo se regulan y organizan los Postgrado conjuntos internacionales?
  11. ¿Qué deben hacer los estudiantes que ya han iniciado estudios de tercer ciclo según normas anteriores?
Postgrado

1. ¿Qué es un programa de Postgrado? ¿Qué contiene?

Los programas de Postgrado comprenden los estudios de segundo y tercer ciclo conducentes a la obtención de los títulos de Máster  Doctor.

El decreto no regula con detalle los contenidos de un programa de Postgrado, ya que la diversidad de las universidades españolas y de los distintos ámbitos de conocimiento aconsejan dotar a los estudios de Postgrado de la mayor flexibilidad para que, en el ámbito de su autonomía, las universidades definan y desarrollen sus estrategias y la organización de la formación especializada e investigadora. Por ello, la responsabilidad de organizar estos programas corresponde a las universidades, que establecerán tanto la composición y normas de funcionamiento de la comisión de estudios de Postgrado como los centros universitarios encargados de su desarrollo.

Este modelo flexible permite sistemas y contenidos diversos, según el interés y perfil de cada universidad o ámbito del conocimiento.

Un programa de Postgrado puede, entre otras opciones, contener: un solo Máster, un conjunto de materias o módulos conducentes a la obtención de varios títulos de Máster, o estudios de Máster y Doctorado.


2. ¿Cómo se elaborarán los programas de Postgrado?

Cada universidad elaborará y establecerá sus propios programas de Postgrado. Una Comisión de Estudios de Postgrado, designada por cada universidad, los propondrá al Consejo de Gobierno para su aprobación.
Para su implantación requerirán la autorización de la Comunidad Autónoma a la que pertenezca la universidad.

3. La organización de los programas de Postgrado, ¿a qué centro corresponde?

Al que la universidad determine. Podría ser un departamento, una facultad o un instituto universitario de investigación. Asimismo, las universidades podrán establecer centros de Postgrado, que actuarán como coordinadores de dichos programas.

4. ¿Cuál es el órgano responsable del programa?

El que la universidad determine. Podría ser un departamento, una facultad, un instituto universitario de investigación o un centro de Postgrado establecido al efecto.

5. Un programa de Postgrado, ¿puede ser sólo el Doctorado?

Sí. Se podrá constituir una unidad específica de Doctorado diferenciada de los estudios conducentes a la obtención de los títulos de Máster si el número de doctorandos e investigadores implicados, la complejidad de la actividad formativa y la dimensión internacional en la etapa doctoral de un programa de Postgrado así lo aconsejan.

6. ¿Qué requisitos debe cumplir un estudiante para solicitar el acceso a un programa de Postgrado?

Estar en posesión de un título de Grado español (o un título universitario obtenido por sistemas anteriores) o equivalente extranjero que de acceso a las enseñanzas de Máster en este país.
Además, la Universidad podrá establecer una serie de complementos formativos (nunca superiores a 120 créditos), en función de la formación previa de cada alumno. Formen o no parte del Máster, esos complementos formativos se considerarán siempre créditos de nivel de Máster , tanto a efectos de precios públicos como para la concesión de becas y ayudas.
Excepcionalmente, previa solicitud individual y razonada del interesado, las universidades podrán admitir a los estudiantes que, sin estar en posesión de un título de Grado, acrediten haber superado al menos 180 créditos de las enseñanzas de primer ciclo, siempre y cuando entre éstos esté comprendida la totalidad de los contenidos formativos comunes de un título de Grado.

7. ¿Será imprescindible la homologación previa de los títulos obtenidos en el extranjero para acceder a un programa de Postgrado?

Es el requisito normal para el acceso, aunque excepcionalmente las universidades podrán admitir a titulados extranjeros sin la necesidad de homologación del título, previa comprobación de que dichos estudios acreditan un nivel de formación equivalente a los títulos españoles de Grado.

No obstante, la admisión al programa de Postgrado no significará el reconocimiento ni la homologación del título previo. El título de Máster o de Doctor obtenido tendrá plena validez oficial.

8. ¿Cualquier Grado da acceso a cualquier Máster o cualquiera de éstos a cualquier Doctorado?

Sí, pero esto no significa la admisión automática. La definitiva admisión la realizará el órgano responsable del programa de Postgrado correspondiente, según los criterios que establezca cada universidad.

9. ¿Pueden proponerse programas de Postgrado interuniversitarios?

Sí, mediante la firma de convenios entre las universidades (españolas y/o extranjeras) participantes. En el convenio deben establecerse las condiciones para su desarrollo y para la gestión de los expedientes de los estudiantes, así como los procedimientos para la expedición y custodia del título

10. ¿Cómo se regulan y organizan los Postgrados conjuntos internacionales?

El Ministerio de Educación regulará las condiciones y requisitos para la homologación del título y la organización de los estudios que incluirán el establecimiento de convenios entre las universidades participantes. En el convenio se establecerán las condiciones para el desarrollo del programa y para la gestión de los expedientes de los estudiantes, así como los procedimientos para la expedición y custodia del título.
El título conjunto corresponderá a un único plan de estudios oficial, diseñado por dos o más universidades, que han presentado una única solicitud de verificación. En todo caso, la universidad española custodiará los expedientes de los títulos que expida. 

11. ¿Qué deben hacer los estudiantes que ya han iniciado estudios de tercer ciclo según normas anteriores?

Se les aplicarán las disposiciones reguladoras de Doctorado y expedición del título de Doctor por las que hubieran iniciado los mencionados estudios. En todo caso, los programas de doctorado verificados conforme al RD 1393/2007, de 29 de octubre, deberán adaptarse al nuevo RD 99/2011 antes del curso académico 2013-2014, quedando completamente extinguidos antes del 30 de septiembre de 2017.
Los estudiantes que hayan cursado estudios parciales de Doctorado en el marco de normas anteriores, tendrán la posibilidad de acceder a un programa de Postgrado y obtener el título de Máster, pudiendo solicitar el reconocimiento de los créditos correspondientes a los cursos y trabajos de iniciación a la investigación realizados hasta ese momento.


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lunes, 2 de abril de 2012

¿ Qué es el urbanismo ?

La palabra se origina del latín “urbus” que se traduce como “ciudad” aunque también está el término “urbanus” que se significa “de la ciudad” o “educado” y este último significado tiene sentido pues las reglas de “urbanidad” son para educarnos para vivir “juntos”. En general el urbanismo es una de la ramas modernas de la arquitectura que planifica el desarrollo y construcción de ciudades, de allí que de cuando en cuando se le diga a un arquitecto que es un urbanista pues se dedica a ello.

Ya en la antigüedad hay múltiples ejemplos de la planificación de ciudades, por ejemplo la ciudadela de trabajadores (o esclavos) que recientemente se descubrió en Egipto, junto a las pirámides o la magnífica planificación estructural que se encontró en los restos de Troya. Los romanos también tuvieron lo suyo, pero en la planificación de ciudades fortificadas para resistir los asedios y ni hablar de lo que la cultura china hizo. Roma hereda parte de este pensamiento a los señores feudales y vemos que en la Edad Media los castillos se planifican no solo para resistir un asedio si no que también para albergar cierta cantidad de población civil creando limitaciones de espacio que los municipios trataron de solventar por medio de normativas que iban implementando a la media, sin embargo en las grandes urbes de la época fue poco o nada lo que resultó.

Hacia finales del siglo XVIII y principios el XIX ya ciudades de Inglaterra y Alemania empiezan a planificar “barrios obreros” alrededor de los centros de trabajo pero no es sino a mediados y finales del siglo XIX que se construyen de manera ordenada y encontramos los primeros arquitectos que planifican tales obras. El apogeo del urbanismo lo vivimos desde principios del siglo XX hasta la actualidad, si bien las grandes ciudades no se pueden “echar abajo” para volverlas a hacer, los urbanistas se han esmerado por corregir los errores del pasado. Son impresionantes los trabajos realizados en grandes ciudades como New York o Londres, tratando de renovarlas sin perder la belleza de sus antiguas construcciones.

También cabe decir que en la actualidad el urbanismo es una “ciencia” multidisciplinaria pues participan ingenieros, biólogos, médicos, técnicos sanitarios y muchos otros profesionales ya que se toma en cuenta si es posible llevar los servicios públicos, el impacto es el medio ambiente, las condiciones de salud y muchos otros detalles.


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